Elección del sistema tributario ¿cuáles existen?
En el momento de crear una empresa se tiene que elegir el estatuto jurídico deseado, que a su vez, cuenta con unas normas fiscales determinadas. Estas son las que establecerán el sistema tributario al que se adhiere la empresa.
El dueño o dueños de la empresa pueden escoger entre el impuesto sobre la renta o impuestos directos en nombre de los socios, o por el contrario, el impuesto de sociedades. Sin embargo, existen otros criterios a los que hay que atender y nuestros asesores pueden ayudarte en ello.
La elección del sistema tributario de la empresa es algo que tiene que hacerse de forma muy meticulosa, ya que de ello puede depender tanto el margen en los beneficios de la empresa como en las cotizaciones de la seguridad social o la declaración de la renta.
Aquellas empresas que no tienen ánimo de lucro, es decir, que no buscan ganancias económicas con el ejercicio de su actividad, no están sujetas a impuestos.
Algunos ejemplos son las sociedades de inversión, los sindicatos, las cámaras de comercio e industrial, los colegios profesionales, las instituciones benéficas y las asociaciones civiles sin ánimo de lucro.
Qué es el sistema tributario
El sistema tributario es el sistema recaudatorio o impositivo del que dispone un país para tener dinero con el que afrontar los gastos públicos. Por lo general, un sistema tributario se tiene que componer de varios impuestos distintos.
A través de las leyes se cobran unos impuestos, para luego administrar lo recaudado en los Presupuestos Generales del Estado. Además, el sistema tributario español se encarga de los servicios de aduanas y de la inspección fiscal.
Nuestro sistema tributario ha de ser igualitario, favorecer el desarrollo y el crecimiento económico del país. Tampoco debe interferir en la forma en que se distribuyen los recursos económicos que se recaudan, ya que esta función corresponde al Estado.
Un rendimiento fiscal correcto se identifica porque consigue los objetivos propuestos en cuanto a recaudación, que debe financiar el gasto público, y en cuanto a su forma de incidir en la economía del Estado.
Una empresa debe cumplir tres elementos principales en cuanto a su fiscalidad: las obligaciones fiscales durante toda su actividad, las obligaciones de facturación y la gestión del IVA.
El sistema fiscal reúne el conjunto de leyes que se encargan de aplicar y regular las obligaciones tributarias de una empresa, para así contribuir al mantenimiento de los servicios públicos y a los gastos que estos suponen al Estado.
Hay que tener en cuenta que existen más de veinte modelos asociativos en España. Cada uno de ellos tiene su propia disposición jurídica, de la cual va a depender su sistema tributario. Debes tener claro cuál es el que corresponde a tu empresa según su modelo.
Tipos de sistemas tributarios
El concepto de sistema tributario se refiere, en este caso, a los diferentes impuestos que deben pagar las empresas conforme a su actividad y, como decíamos al principio, el estatuto jurídico bajo el que hayan sido creadas.
Impuesto sobre sociedades (IS)
Este impuesto se aplica a la renta de las sociedades que se encuentran en España. Las sociedades mercantiles y agrarias junto a los fondos de inversión, de pensiones y de capital riesgo tienen la obligación de pagarlo.
Siempre hay que declarar el impuesto de sociedades, incluso aunque no se hayan obtenido rentas que se encuentren vinculadas a este. Su periodo no debe superar los 12 meses y tiene que coincidir con la actividad económica de la empresa.
Es obligatorio pagar este impuesto en tres pagos fraccionados. Además, hay que presentar una declaración anual del impuesto de sociedades a finales de año.
El cálculo de su rendimiento se hace a través del resultado contable que se haya obtenido en el periodo impositivo correspondiente. Este resultado se tiene que ajustar para que se adapte a los criterios que caracterizan al impuesto.
Una vez hecho esto, se puede aplicar el tipo de gravamen, el 25 % del régimen general o el 15 % de las sociedades recién creadas. La primera cuota es susceptible de ser reducida según las deducciones y bonificaciones que establecen las leyes.
Impuesto sobre el valor añadido (IVA)
Este impuesto grava los servicios y los productos, las adquisiciones de bienes intracomunitarios y las importaciones de bienes. Se aplica siempre en la Península Ibérica y en las Islas Baleares y es común a todas las empresas sin excepción.
El IVA se corresponde con un 21 %. Aunque también existe el IVA reducido y el superreducido, con un 10 % y un 4 %, aplicándose a algunos bienes y servicios concretos como el transporte de viajeros, los alimentos o las publicaciones en papel.
Está dividido en diferentes regímenes de aplicación:
- Régimen general. El importe directo de servicios y bienes constituye la base imponible sobre la que se aplica el porcentaje que corresponda acorde al tipo de productos.
- Régimen simplificado. Las entidades que estén en régimen de atribución de rentas que cumplan los requisitos de actividad o cifras de negocio se pueden acoger a este régimen. Las cuotas pueden pasar por módulos correctores e índices.
- Régimen especial de pesca, ganadería y agricultura. Siempre que una sociedad no actúe como sociedad mercantil, industrial agraria de transformación o cooperativa puede aplicar este tipo de régimen.
Somos conscientes de que todo lo relacionado con el sistema tributario de una empresa puede resultar agobiante en un primer momento, en especial cuando se trata de tu primer contacto con la fiscalidad empresarial.
Nuestros asesores estarán contigo desde el primer momento, para ayudarte a escoger las mejores opciones jurídicas y tributarias de tu empresa conforme a la actividad económica que quieras desarrollar.
Además, te acompañarán durante todo el ejercicio fiscal para encargarse de la gestión de los impuestos correspondientes, evitando así que tengas que enfrentarte a ningún tipo de penalización por parte de la Agencia Tributaria.
Por último, estarán disponibles también siempre que necesites asesoramiento y consejo en todo lo que se refiera al sistema tributario de tu empresa. Por lo tanto, si acabas de crear la tuya o tan sólo necesitas ayuda con los impuestos, no dudes en contar con nosotros.

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