¿Qué tipos de contrato existen y cómo se gestionan?

Un contrato laboral es un acuerdo al que llegan empleador y empleado, que se pone por escrito y que detalla cómo va a ser su relación laboral y las condiciones que ésta va a tener.

En el momento en el que creas una empresa, debes considerar la posibilidad de contratar empleados y el tipo de contrato que les vas a ofrecer, acorde a las necesidades de productividad que detectes.

No solo tienes que pensar en qué tipo de actividad quieres que realice el nuevo trabajador en tu empresa, sino también durante cuánto tiempo lo necesitas y qué condiciones va a tener.

Características de un contrato laboral

Un contrato laboral establece las condiciones en las que se va a desarrollar la relación entre empresa y trabajador, pero también indica tanto las obligaciones como los derechos que tiene cada uno de ellos.

Los derechos del trabajador se convierten en las obligaciones del empresario y viceversa.

  • Derechos del trabajador: ocupación durante la jornada de trabajo, promoción y formación, no discriminación, integridad física e intimidad y remuneración puntual.
  • Obligaciones del trabajador: cumplir sus deberes en su puesto de trabajo con las medidas correspondientes de seguridad e higiene, obedecer las órdenes de su empleador, contribuir a la productividad y no trabajar para la competencia.


Los contratos laborales pueden ser firmados por mayores de 18 años, menores emancipados de forma legal o con autorización de padres o tutores. También por extranjeros, según la legislación que se les tenga que aplicar.

Un contrato laboral tiene que señalar con exactitud la duración de dicha relación laboral, la existencia o no de un periodo de prueba y su duración. También los plazos de preaviso en caso de cese de contrato y las consecuencias del incumplimiento de contrato para ambas partes.

Además, puede incluir cualquier otro dato o información que tanto empleador como empleado consideren que debe quedar reflejado. Por ejemplo, la duración de la jornada laboral y qué días de la semana se va a ejecutar.

Qué tipos de contratos hay

Debido a las características que hemos mencionado antes, existen diferentes tipos de contrato de trabajo. Tendrás que elegir el que más se ajuste a la hora de contratar empleados para tu empresa.

Contrato indefinido

La principal característica de este contrato es que no tiene ninguna limitación temporal en cuanto a la duración del servicio que prestará el empleado. Es decir, este tipo de contrato no establece una fecha de finalización del mismo.

Esto supone que, en el caso de que tú como empleador, quieras prescindir del trabajador en algún momento, le tendrás que pagar una indemnización.

Además, te permitirá obtener determinadas ventajas fiscales, así como obtener ayudas y subvenciones según el colectivo al que pertenezca el trabajador.

Es obligatorio hacer un contrato indefinido a un trabajador una vez que éste lleva dos años consecutivos manteniendo una relación laboral con la empresa. Debe quedar plasmado por escrito.

En algunas ocasiones se permite que este acuerdo sea oral, a menos que una de las partes insista en que se haga por escrito.

Contrato temporal

Dentro de los tipos de contrato laboral, éste es uno de los más frecuentes. En él se estipula la duración concreta que debe tener la relación del trabajador con la empresa. 

Tiene que realizarse siempre por escrito, y la duracion del periodo de prueba dependerá así mismo del tiempo estipulado en el propio contrato temporal. Existen distintos tipos de contrato temporal:

  • Contrato por obra y servicio: Es uno de los tipos de contratos laborales temporales más habituales. Su particularidad reside en que su finalización no se basa en una fecha concreta, sino en la conclusión de un servicio determinado.
  • Eventual: Este contrato tiene una duración máxima de seis meses y el empleador suele recurrir a él para momentos concretos, en los que necesita más mano de obra de lo habitual.
  • De interinidad: Este acuerdo sirve para sustituir la vacante de un trabajador habitual que se ausenta por cualquier circunstancia; como, por ejemplo, una baja, un periodo de vacaciones o una excedencia. 
  • De relevo: Es muy similar al anterior, solo que se emplea para contratar trabajadores que cubran a otros que se encuentran en una reducción de jornada, como puede ser una jubilación parcial o el periodo de lactancia.

Contrato de formación y aprendizaje

Solo podrás usar este tipo de contrato en empleados que tengan entre dieciséis y treinta años. El objetivo es permitir que el empleado alterne su trabajo con su formación, permitiendo así un proceso de inserción laboral que permita una formación relacionada con su trabajo.

Este contrato no puede durar más de tres años y, tras su finalización, el empleado puede incorporarse a la plantilla de la empresa con un contrato indefinido. Aunque no tienes obligación de ello.

Contrato de prácticas

Este contrato se hace con la pretensión de formar a un empleado, además de mejorar su cualificación y desempeño en el puesto que ocupa. De esta forma, se ofrece al trabajador experiencia en su sector al mismo tiempo que obtiene una formación práctica.

Además de estos contratos, también existen dos modalidades relacionadas con el tipo de empleado: parado de larga duración y discapacitado. Ambas tienen condiciones especiales e incentivos que te pueden resultar de interés.

Nuestros servicio profesional a tu disposición

Cada uno de estos contratos tiene distintas características fiscales que debes tener en cuenta cuando quieras contratar empleados para tu empresa. Por ello, te ofrecemos nuestros simuladores de contratos, para que puedas saber qué es lo que más te conviene.

Además, también te asesoraremos en cuanto a qué tipo de contrato deberías ofrecer a tus empleados en función del trabajo que van a ejercer y las necesidades de tu empresa.

Te informaremos también en cuanto a las indemnizaciones correspondientes en cada situación, en los casos en los que tengas que cesar la relación del trabajador con tu empresa antes del tiempo establecido.

Cuando pienses en ampliar tu plantilla mediante la incorporación de nuevos empleados, ven a hablar con nosotros: estaremos encantados de ofrecerte nuestro asesoramiento y nuestra experiencia en el sector.

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